Dentro de la agenda parlamentaria se analizará el Proyecto de Ley que impulsa la prohibición de la reducción de los sueldos a los trabajadores durante la pandemia.
El Proyecto de Ley N°7087/2020-CR, “Ley que prohíbe a los empleadores reducir la remuneración de los trabajadores durante el Estado de Emergencia decretado por el Gobierno, para enfrentar el Coronavirus COVID19”; ha sido impulsado por la bancada del FREPAP, específicamente por la congresista María Teresa Céspedes Cárdenas.
La congresista Céspedes junto a la bancada Frente Popular Agrícola FIA del Perú – FREPAP han dado a conocer a la población peruana el Proyecto de Ley que pretende prohibir la reducción de la remuneración de los trabajadores a lo largo de lo que dure el Estado de Emergencia dictaminado por el Gobierno, para luchar contra el coronavirus.
Los congresistas del partido FREPAP se encuentran en la búsqueda de garantizar mayor seguridad y protección a los trabajadores durante la pandemia.
El proyecto de ley se sustenta bajo el artículo 24° de la Constitución Política:
“El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual. El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación del empleador. Las remuneraciones mínimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de /os empleadores».
Bajo las perspectivas de los congresistas, se trata de reconocer el derecho de un trabajador a obtener una remuneración suficiente y equitativa; priorizando este pago por encima de las otras obligaciones con las que cuente el empleador, de esta manera, estaría adaptándose al carácter de derecho fundamental que ha sido reconocido por la Constitución.
Asimismo, está manteniendo coherencia y lineamiento tanto con el artículo 22° de la Constitución que considera al trabajo como base del bienestar social y realización de la persona, como del artículo 23° que determina al trabajo como el objeto de atención primaria por parte del Estado.
Por otro lado, el proyecto de ley ha establecido una excepción, la cual se aceptará cuando la reducción de los salarios de los trabajadores se realicen cuando se disminuya la jornada laboral, siempre y cuando sea proporcional y no excesiva.
Es notorio el gran interés por parte de la bancada por prevalecer los derechos de los trabajadores y salvaguardarlos ante cualquier evento que pueda ocurrir dentro de sus centros de labores. Sin embargo, no se puede dejar de lado otros escenarios que también se originan a diario ante las nuevas disposiciones que emite el gobierno por las variaciones de los números de contagios.
Al momento de analizar la aprobación de este proyecto de ley, se debe tener en cuenta la otra cara de la moneda, desde el punto de vista de los empleadores y sobre todo la realidad que se está atravesando a diario con tantas modificaciones.
Haciendo referencia al párrafo anterior, se puede determinar que la reducción de aforo en los establecimientos comerciales, la reducción de horas libres donde puede transitar la gente, la paralización de diversas actividades, entre otras limitaciones; perjudican directamente los ingresos de los empleadores para sus empresas, motivo por el cual los lleva a tomar ciertas decisiones en cuanto a las remuneraciones de sus empleados.
En conclusión, el impulso y motivación para seguir protegiendo los derechos de los trabajadores, es claro por parte de nuestros congresistas; pero, para lograr un balance donde todas las partes salgan beneficiadas para evitar inconvenientes a futuro, se recomienda buscar más alternativas que permitan lograr resultados positivos para todos los miembros de empresas peruanas.
Tú como empresario o emprendedor ¿Qué más crees que debieron haber tenido en cuenta nuestros congresistas al momento de emitir este Proyecto de Ley?