En épocas de crisis mundial, se han tomado decisiones acorde a la situación, es por ello que una de las primeras medidas para prevenir el contagio por el nuevo coronavirus fueron la suspensión de clases en escuelas públicas y privadas hasta el 30 de marzo, siguiendo la misma línea, más tarde fueron suspendidas las clases de universidades e institutos, todo con el fin de mitigar la propagación del virus.
Ante estas suspensiones se hicieron presentes, entidades como INDECOPI, y también el Ministerio de Educación, ¿cómo? pues en primer lugar el ministerio de educación con las respectivas UGEL de cada sector que deberán verificar el cumplimiento de las horas lectivas dictadas por los colegios, y en los colegios particulares, el INDECOPI deberá fiscalizar la devolución de la primera cuota del mes si es que no se recuperaran de algún tipo las horas perdidas.
En cuanto a las universidades pues el tratamiento no se distingue en gran medida a la medida tomada con los colegios; Ante ello se ha visto un caso de gran revuelo en esta época de crisis sanitaria, por la denotada falta de empatía al momento de tomar decisiones.
La Universidad Privada del Norte (UPN), está siendo señalada por sus propios estudiantes por ser obligados a pagar la matrícula y primera pensión para poder continuar con sus carreras; dicha universidad extendió el plazo de matrícula 5 días debido al estado de emergencia (del 13 de marzo al 18), y no solo eso pues también significaría el cobro de las pensiones tal como lo menciona un estudiante, pues solo la matrícula cuesta un poco más de 200 soles y la pensión rodea la cantidad de los 1000 soles; sumado ambos números, cada uno estaría pagando cerca de 1500 soles, cantidad insólita ante la crisis de salud pública que vive nuestro país.
Para ello la universidad mencionó que las clases se darían de forma virtual así no generaría un cobro sin ninguna contraprestación a cambio; referente a esto el Grupo de Vigilancia Estudiantil Universitaria mencionó su repudio para con estas declaraciones de la universidad negándose a tomar clases de forma virtual puesto que calificaron de Precaria y Obsoleta a la plataforma virtual con la que la universidad cuenta, mencionando que no configuraría una vía idónea para su educación.
Ante esto el INDECOPI ha mencionado, que multarán a aquellas universidades que cobren las pensiones y no tengas las recuperaciones de las clases pues configuraría un claro abuso para con los consumidores, y para esto observamos que las medidas que tomaron las universidades fueron el desarrollo de sus clases de forma virtual, pero ante el reclamo y denuncia pública de los estudiantes de la UPN, sede Trujillo, el INDECOPI debería iniciar una investigación de oficio tal como ya lo ha hecho antes acerca de la idoneidad del servicio prestado según el artículo 1.1 f) de la ley de Protección al consumidor; que menciona los consumidores poseen, “Derecho a elegir libremente entre productos y servicios idóneos y de calidad, conforme a la normativa pertinente, que se ofrezcan en el mercado y a ser informados por el proveedor sobre los que cuenta.”
Así también la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), se debe al reclamo de los estudiantes puesto que en la Ley universitaria, en su artículo 100.1, refrenda de forma inequívoca el derecho de los estudiantes universitarios a “Recibir una formación académica de calidad que les otorgue conocimientos generales para el desempeño profesional y herramientas de investigación.”