Indecopi sanciona a chifa por negarse a entregar el Libro de Reclamaciones

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El Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de la Oficina Regional del Indecopi en Cajamarca encargado de resolver denuncias rápidas sancionó con una amonestación al propietario del Chifa Los Ángeles por no exhibir el aviso del Libro de Reclamaciones y negarse a entregarlo a un cliente que lo solicitó tras una demora en la atención.

Según la Resolución Final 0292-2025/PS0-INDECOPI-CAJ el denunciado se allanó a las imputaciones formuladas en su contra. Además de la amonestación, se ordenó el pago de S/ 36,00 por concepto de costas del procedimiento a favor del consumidor afectado.

Los hechos ocurridos en julio en el Chifa Los Ángeles

Según la resolución, el 4 de julio de 2025, alrededor de las 10:00 de la noche, el cliente acudió al chifa para comer. Tras realizar su pedido, esperó aproximadamente 40 minutos sin recibirlo completo y solo llegó a consumir una sopa.

Ante la demora, el cliente pidió el reembolso de su dinero y el Libro de Reclamaciones para dejar constancia de lo ocurrido. Según su denuncia, el establecimiento le cobró S/ 5,00 por el plato de sopa, pero no atendió su requerimiento de entrega del libro.

El consumidor indicó que reiteró su pedido incluso por WhatsApp, medio por cual recibió el comprobante de pago. Pese a insistencia, no obtuvo respuesta favorable. También señaló que el local no se exhibía el aviso sobre la existencia del Libro de Reclamaciones.

Inicio del procedimiento sancionador

La autoridad inició un procedimiento administrativo sancionador contra el dueño del negocio, Ángeles Gilberto Ayala Figueroa, por presuntas infracciones a los artículos 151 y 152 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Estas normas exigen a los establecimientos de contar y exhibir en un aviso visible el Libro de Reclamaciones ya sea en formato físico o virtual.

Se imputaron dos conductas: no contar con un aviso que informe sobre la existencia del Libro de Reclamaciones y no entregar dicho libro cuando fue solicitado por el cliente.

El 29 de septiembre de 2025, el denunciado presentó sus descargos y se allanó a las imputaciones. Asimismo, solicitó que se le impusiera únicamente una amonestación y que se le exonerara del pago de los costos del procedimiento

Sin medidas correctivas adicionales

El órgano resolutivo decidió no imponer medidas correctivas, ya que las faltas comprobadas estaban relacionadas con obligaciones básicas de todo negocio, como mostrar el aviso del Libro de Reclamaciones y entregarlo cuando el cliente lo pida.

Además, como no se demostró un daño económico directo que deba ser compensado dentro del proceso administrativo, no era necesario presentar medidas adicionales.

Pago de costas y registro de la sanción

Aunque el proveedor fue exonerado de pagar los costos del procedimiento por haberse allanado a tiempo, sí deberá pagar S/ 36,00 al denunciante por concepto de costas, que corresponde al derecho de trámite de la denuncia. Tiene 15 días hábiles para hacerlo desde la notificación; de no cumplir, podría recibir una multa coercitiva.

La resolución no es definitiva y puede ser apelada dentro del plazo legal. Si queda firme, el sancionado será inscrito en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi por cuatro años, según la normativa vigente.

Conclusión

Indecopi busca asegurar que los establecimientos cumplan con sus obligaciones básicas de atención al consumidor, en este caso garantizar que el Libro de Reclamaciones esté disponible y se entregue cuando el cliente lo solicite.

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chifa Libro de Reclamaciones

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