Lamentablemente, nuestro país se caracteriza por el constante estado de inseguridad. Cada día podemos observar en las noticias sobre robos, hurtos, estafas, entre otros crímenes. En ese sentido, cabe la posibilidad que roben nuestras tarjetas de crédito y hagan uso de ellas, realizando compras sin nuestro consentimiento.
En búsqueda de impugnar dichas compras no autorizadas, así como para prevenir que se siga utilizando las tarjetas para comprar sin nuestro permiso, debemos de comunicarnos con las entidades bancarias correspondientes para realizar el bloqueo de tarjeta, luego hacer un reclamo sobre las compras no autorizadas por el propietario de la tarjeta.
No obstante, se establece que existen diferentes procedimientos dependiendo si se compró con la tarjeta presencialmente o de forma virtual.
- Si la operación de compra se ha realizado vía Internet, debe realizarse un reclamo ante la entidad financiera, la cual tendrá 60 días para responder al reclamo.
- En cambio, si la operación se realizó de forma presencial, se hace un reclamo ante la entidad financiera, para luego interponer una denuncia ante dicha entidad.
Ahora bien, existen dos principales entidades para realizar dichas denuncias contra las entidades bancarias:
- Indecopi: Se podrá presentar un procedimiento de denuncia ordinario, el cual tiene el plazo de respuesta de 120 días, previo pago de tasas propias del procedimiento.
- SBS: Se presentará la denuncia ante el Departamento de Servicios al Ciudadano de la SBS.
Así, en el caso de que el banco no se pronuncie, o responsabilice dichas compras no autorizadas al cliente, el consumidor tendrá la oportunidad de acudir ante las siguientes entidades para efectuar reclamos:
- Defensoría del cliente financiero de Asbanc: Se podrá presentar el reclamo en segunda instancia, con el objetivo de que el banco no efectúe el cobro por dichas compras no autorizadas. La entidad cuenta con el plazo de 40 días para responder al reclamo.
- Indecopi: Se debe efectuar el reclamo vía telefónica o virtual, tanto en el caso que no se pronuncie la entidad bancaria, como en el caso que no me brinde la razón como consumidor, a lo cual yo podré apelar mediante este reclamo.
Asimismo, la principal diferencia entre dichos procedimientos y los reclamos radica en el tiempo que toma cada uno, siendo el reclamo una vía más rápida respecto a la denuncia.
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