El estado, se ha visto en la laboriosa función de no permitir la extinción de muchas empresas ya sea micro, pequeñas medianas o grandes, es por ello que ha apostado por políticas de apoyo para con ellos, es así que observamos la implementación de los programas Reactiva Perú, así como también el apoyo por las Fae-Mype. Si bien es cierto el fin de estos programas era loable y plausible, para los fines prácticos, no lograron desarrollar su objetivo a carta cabal, beneficiando más a unos que otros, es por ello que día a día fueron mutando, transformándose y poniendo mayores requisitos y supuestos para la correcta aplicación. En ese sentido se logró ver el apoyo que lograba y a raíz de ello salieron figuras como el FAE-Turismo y el FAE-Agro.
Situados en ese contexto, ahora el Gobierno, mediante Decreto Supremo N°212-2020-EF, modificó algunas disposiciones del Programa de Garantía del Gobierno Nacional, tanto para las FAE- Agro así como para las FAE-Turismo, esto con el fin de que pueda llegar a mayor numero de emprendedores, otorgarles un salvavidas en este periodo de zozobra nacional aún más en sectores sumamente afectados como lo es el sector Turismo.
FAE- Agro
Los pequeños productores agrarios contarán con garantía de 98% en créditos de hasta S/ 15,000, mientras que para montos de S/ 15,001 a S/ 30,000 la garantía del Gobierno será de 95%, Además los productores agrarios que obtengan créditos para capital de trabajo que sean destinados a la campaña agrícola 2020-2021, también podrán beneficiarse del FAE-Agro.
Además, se otorgan restricciones o prohibiciones, para quienes irían dirigidos los créditos, por ejemplo, se dictamina que no serán elegibles aquellos que se encuentran sometidos a procesos por delitos de corrupción y conexos, o que se encuentren vinculados a las ESF o a las COOPAC otorgantes del crédito.
FAE- Turismo
Podrán acceder a este programa las micro y pequeñas empresas, que pertenezcan al Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS). La garantía para los préstamos en estos casos cubriría un monto equivalente a tres veces el promedio mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la MYPE, en el 2019, aunado a ello, también se podrá considerar el monto equivalente a cuatro meses el nivel de venta promedio mensual del 2019, según los registros de la Sunat.
En este sector también se imponen restricciones en los criterios de no elegibilidad, es decir a aquellas empresas inhabilitadas por el Tribunal de Contrataciones con el Estado, así como aquellas mypes vinculadas a bancos, casos de corrupción, que cuenten con créditos en Reactiva Perú o el Fondo Apoyo Empresarial a la mype, no podrán acceder a este programa.
Vale precisar que, estos recursos podrán ser utilizados para los créditos otorgados hasta el 31 de diciembre de 2020, agregando que no podrán ser objeto de refinanciación ni reestructuración a través del Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal.