¿Qué es la gestión colectiva del derecho de autor? APDAYC y las otras Asociaciones de Gestión Colectiva en el Perú

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El creador de una obra protegida por el derecho de autor tiene derecho a permitir o prohibir el uso de sus obras. La problemática surge cuando una vez hecha la distribución, a los autores les será imposible fiscalizar el uso que terceros hagan sobre su obra, por ello, resulta tedioso que un cantante pase la vida contactándose con cada emisora de radio existente para prohibirles que sigan reproduciendo su música o contactarse para negociar la autorización para que reproduzcan su canción, así como, poco factible que los organismos de radio fusión soliciten permisos a cada autor a la hora de reproducirlos; es ahí donde surgió la necesidad de crear una gestión colectiva de derechos de autor. Por tanto, ¿Qué es una Sociedad de Gestión Colectiva?

La Ley sobre Derechos de Autor, en el numeral 42 de su artículo 2, señala que las sociedades de gestión colectiva son “asociaciones civiles sin fin de lucro legalmente constituidas para dedicarse en nombre propio o ajeno a la gestión de derechos de autor o conexos de carácter patrimonial, por cuenta y en interés de varios autores o titulares de esos derechos, y que hayan obtenido de la Oficina de Derechos de Autor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -Indecopi – la autorización de funcionamiento que se regula en esta ley”.

En tal sentido, estas asociaciones fueron creadas con el fin de resguardar el derecho exclusivo de los titulares de los derechos de autor. Por ejemplo, la comunicación pública de una canción como se realizan en las discotecas o emisoras de radio, ya que, en contraposición, si dicha comunicación sería hecha en un ámbito privado donde únicamente se reproduce la música entre familiares o amigos se estaría violando ningún derecho. Sin embargo, si organizas una fiesta – cobras entrada – y reproduces música, entonces estas realizando un acto comercial del cual sí deberías haber pedido la licencia musical (permiso legal) a la Asociación de Gestión Colectiva correspondiente o al titular de los derechos para reproducir legalmente canciones de artistas como Shakira, Bad Bunny, Lady Gaga, Rihanna, Beyonce, entre otros. Como lo es el APDAYC en el caso peruano

Por otro lado, antes de señalar las funciones que ejercen estas asociaciones, es importante mencionar que hasta el momento en el Perú se cuenta con las siguientes Asociaciones de Gestión Colectiva:

  • APDAYC, de autores y compositores de obras musicales. Que es el mas conocido en el ámbito peruano.
  • UNIMPRO, de productores fonográficos.
  • SONIEM, de artistas intérpretes y ejecutantes musicales.
  • INTER ARTIS, de artistas intérpretes y ejecutantes audiovisuales.
  • EGEDA PERÚ, de productores audiovisuales.
  • APSAV, de artistas visuales.

Ahora, con respecto a los permisos legales que la gestión colectiva otorgara a los usuarios para reproducir las obras protegidas como no, cabe mencionar sus funciones, entre las cuales, están las de:

  • Recaudar las remuneraciones relativas a la utilización de las obras administradas, incluyendo interpretaciones, ejecuciones, producciones, entre otros
  • Ejercer la administración de los derechos de autor y derechos conexos con sujeción a las reglas de contrato de adhesión, estatutos y en las demás disposiciones que le sean aplicables
  • Determinar las tarifas por el uso del repertorio que administra, la cual deberá ser equitativa, razonable y proporcional

Vemos entonces que las acciones que tomen las Asociaciones de Gestión Colectiva siempre tienen que ser conforme a ley, para evitar que los usuarios decidan reproducir las obras protegidas de los autores de manera ilegal.

Por tanto, se concluye que la gestión colectiva del derecho de autor juega un papel importante puesto que la asociación se ocupa de los diversos problemas que se plantean entre los usuarios de la obra y los titulares de los derechos de la obra protegida.

Si tienes mas consultas sobre el tema, escríbenos aquí: Estudio Tarazona y Asociados o al 957 703 948.

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gestión colectiva del derecho de autor

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