Marcas arbitrarias, evocativas y de fantasía

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Los Signos Distintivos son una herramienta fundamental para los negocios y/o emprendimientos puesto que gracias a ellos el consumidor puede informarse sobre la naturaleza, función, cantidad, destino o lugar de origen de los productos a los cuales protege la marca ya que estos signos distintivos se caracterizan por ser “bienes inmateriales que se componen principalmente de marcas (…)”. [1]

En ese sentido, la persona que desee registrar un signo distintivo puede optar por las siguientes diversas formas: denominativas, figurativas, mixtas, tridimensionales y sonoras.  Sin embargo; no son las únicas pues se cuenta con marcas arbitrarias, evocativas y de fantasía.

Por un lado, al hablar de marcas evocativas nos referimos a aquellas que no introducen directamente la naturaleza o función del producto que piensan presentar en el mercado, sino que es el consumidor quien va a llegar a comprender sobre la función de dicho producto a través de un proceso deductivo, por ejemplo, Nescafé, Choco Krispis o Scotiabank. Sin embargo, según se advierte en el Proceso 337-IP-2019 del Tribunal de la Comunidad Andina, “No obstante, entre mayor sea la proximidad del signo evocativo con el producto o servicio que se pretende registrar, podrá ser considerado como un signo marcadamente débil y, en consecuencia, su titular tendría que soportar el registro de signos que en algún grado se asemejen a su signo distintivo”.

Por otro lado, las marcas arbitrarias, en el Proceso 127-IP-2007 se delimitaron que “será registrable como marca la forma del producto, o su envase, si en su diseño existe distintividad por la inclusión de elementos arbitrarios o especiales que permitan que éste provoque en quienes lo perciban una impresión diferente a la que se obtiene al observar otro”. Es decir, son aquellas que no responden al significado para el producto o servicio que van a identificar, por ejemplo, la simple palabra Apple (manzana) no está relacionada con computadoras, pero sirve para identificar la marca y los distinguirla del resto.

A diferencia de las marcas evocativas y arbitrarias, las marcas de fantasía presentan un mayor grado de distintividad puesto que son signos que están constituidos por palabras inventadas que no tienen un significado específico en el idioma del país donde se desea registrar la marca u otro que se pueda reconocer fácilmente. Por ejemplo; Rivotril, Pepsi y Kodak.

Vemos entonces que, de las marcas señaladas con anterioridad, las de fantasía son aquellas que querrás tener en cuenta al momento de crear tu marca para tu emprendimiento puesto que traen muchas más ventajas con relación a como el consumidor de manera casi instantánea piense en tu marca cuando requiera de un clonazepam, por ejemplo, acudirá la farmacia más cercana y pedirá un Rivotril que es la marca comercial por la que se conoce a dicho fármaco.

Si tienes más consultas sobre el tema, escríbenos aquí: Estudio Tarazona y Asociados o al 957 703 948.

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Marcas arbitrarias

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